El Banco Central anunció más restricciones a la compra de dólares

El presidente de la entidad, Miguel Pesce, anunció en conferencia de prensa que la compra de dólar ahorro tendría una retención del 35% en concepto de Impuesto a las Ganancias además del Impuestó País (30%), con lo cual su valor se iría cercano a $130. También se especificó que las compras en dólares con tarjeta de crédito se descontarán del cupo de U$S 200 mensuales.

Sociedad 15/09/2020
El Banco Central anunció más restricciones a la compra de dólares
El Banco Central anunció más restricciones a la compra de dólares

El presidente de la entidad, Miguel Pesce, anunció en conferencia de prensa que la compra de dólar ahorro tendría una retención del 35% en concepto de Impuesto a las Ganancias además del Impuestó País (30%), con lo cual su valor se iría cercano a $130. También se especificó que las compras en dólares con tarjeta de crédito se descontarán del cupo de U$S 200 mensuales.

Sobre el aumento de las retenciones del dolar ahorro, la medida entrará en vigencia desde este miércoles 16 de septiembre. La alícuota del 35% alcanzará las compras en moneda extranjera para atesoramiento y las compras con débito y crédito que sean canceladas en moneda extranjera; pero aquellos que no están alcanzados por los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales podrán solicitar el reintegro de la percepción.

AFIP aclaró que quedarán excentos de esta percepción las siguientes operaciones:

a) Los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos; gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en el ámbito del Estado nacional, provinciales y los municipios, así como las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino. 

b) Adquisición en el exterior de materiales de equipamiento y demás bienes destinado a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población por parte de las entidades reconocidas en la ley 25.054 y sus modificatorias.

En tanto, el Banco Central estableció que desde este 1 de septiembre de 2020, los pagos realizados por consumos en moneda extranjera con tarjetas de crédito o débito se tomarán a cuenta del cupo mensual. No habrá tope al consumo con tarjetas (débito y crédito) y cuando los gastos mensuales superen el cupo, absorben el de los meses subsiguientes.

Comentar esta nota