Denuncia penal contra Mayra Mendoza

La impulsa Mónica Frade, diputada nacional por la Coalición Cívica Ari, que acusa a la Intendenta por la posible comisión de los delitos de los artículos 248, 256 bis, 261, 266, 268 y siguientes del Código Penal.

Salud 06/03/2021
Denuncia penal contra Mayra Mendoza
Denuncia penal contra Mayra Mendoza

La impulsa Mónica Frade, diputada nacional por la Coalición Cívica Ari, que acusa a la Intendenta por la posible comisión de los delitos de los artículos 248, 256 bis, 261, 266, 268 y siguientes del Código Penal.

En la iniciativa también apunta contra el Secretario de Salud municipal, Jonatan Konfino; a Leandro Ezequiel Carbonetti, subsecretario de atención hospitalaria; a  Germán Ariel Lepanto, Director General de Planificación en la Subsecretaría de Agua y Cloacas y al titular de Zoonosis, Nahuel Ezquieta.

De acuerdo al documento, la legisladora asegura que decidió avanzar judicialmente ante la falta de respuesta a los pedidos de información pública realizados a la cúpula del Gobierno local respecto de la vacunación Covid-19 y luego de que trascendieran publicaciones en redes sociales y artículos periodísticos sobre "vacunados VIP".

Frade asegura que se vieron "imágenes de Instagram y Facebook de funcionarios de la gestión de Mendoza, visiblemente jóvenes, accediendo a la aplicación de la vacuna. En los días siguientes se fueron haciendo públicas sus propias exhibiciones. Tal es el caso de la funcionaria licenciada en biotecnología, empleada del área de Bromatología de esta Municipalidad, Mayra Martínez, de sólo 28 años. No tuvo reparo en publicar la fotografía en su Instagram. Resultaría sumamente cándido suponer que fue beneficiaria aislada de esa vacuna. Tiene superiores en su área. Tal es el caso de Ezquieta, Director de Zoonosis". 

Además, expresó: "Naturalmente, el acceso a este privilegio no puede concebirse sin el conocimiento y responsabilidad penal de la Intendente y de su Secretario de Salud. No obstante, es de presumir que la totalidad de su gabinete, ascendiente, descendiente y colateral puedan estar comprendidos en el impedimento de hacerlo. Ninguno de los seguida mente mencionados es personal de salud, de seguridad o docente. Por lo mismo, tampoco estarían comprendidos en segmento por edad. En esa situación están, en principio: Germán Lepanto es clase 1980, Ezquieta Nahuel es clase 1984, Jonatan Konfino, clase 1980 y Cardonetti Leandro, clase 1988".

Y cerró: "No escapa a ello que hay numerosos casos más, dado que no estamos frente a ilegalidades aisladas, sino antes bien a un aprovechamiento del Estado, de modo generalizado y organizado a través de privilegios, para vinculados políticos, como pago de favores y vehiculizado por la pertenencia a sectores partidarios. Al mismo tiempo, eso generó la extensión del privilegio a los allegados de cada uno de estos.
Disponer de militantes vacunados en una campaña electoral es una ventaja muy importante respecto de contendientes que deben arriesgar la vida y la salud para sostener sus ideas y candidatos. Aunque lo central es que el quite de vacunas a los sectores más expuestos y vulnerables, en provecho propio, no sólo es un incumplimiento de deberes y una malversación de fondos, es una canallada sin precedentes".

La denuncia

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